La Batalla por el Agua
Luis Francisco López
La guerra por el agua, madre de todas las guerras… da sus primeros atisbos en El Salvador. Cierto es que vivimos en un estado de guerra planetaria permanente, motivada por la apropiación de recursos estratégicos como oro, uranio, petróleo o litio, sin embargo, todos tienen remplazo a corto o mediano plazo, en tanto el agua pura, no tiene sustituto, de ahí que su uso y control se erigiré como el conflicto geopolítico del siglo.
El agua es el elemento y principio de las cosas. Tales de Mileto
La guerra por el agua, madre de todas las guerras… da sus primeros atisbos en El Salvador. Cierto es que vivimos en un estado de guerra planetaria permanente, motivada por la apropiación de recursos estratégicos como oro, uranio, petróleo o litio, sin embargo, todos tienen remplazo a corto o mediano plazo, en tanto el agua pura, no tiene sustituto, de ahí que su uso y control se erigiré como el conflicto geopolítico del siglo.
La importancia estratégica del agua, la conocen perfectamente las comunidades de Santa Isabel Ishuatán, Huizucar y especialmente las 7 Comunidades de Tacuba (lucha que merece especial consideración por su heroica y constante resistencia y ejemplo de lucha); existen más ejemplos locales, sin embargo, no es éste el espacio para señalar todos los conflictos distributivos por el agua, sino solo exponer que los mismos alborean la gran batalla.
El Sistema Capitalista es incapaz de crecer sin el despojo y depredación, pero ahora busca reacomodarse bajo el “nuevo extractivismo” un modelo donde los bienes intangibles son tanto o más importantes que los bienes tangibles; recursos y bienes comunes que hasta ahora en nuestra idiosincrasia formaron parte de lo público, se transforman en la nueva y recién descubierta mercancía; eso que reclaman para el mercado, es para nosotros la naturaleza, se encontraba destinada por las deidades a la reproducción material y comunitaria de la vida; sin embargo, ahora el agua, la diversidad, el aire y los océanos son los botines en los procesos de recolonización y revitalización la economía planetaria, es lo que algunos denominamos “Acumulación por Desposesión.(1)”
El Sistema Capitalista es incapaz de crecer sin el despojo y depredación, pero ahora busca reacomodarse bajo el “nuevo extractivismo” un modelo donde los bienes intangibles son tanto o más importantes que los bienes tangibles; recursos y bienes comunes que hasta ahora en nuestra idiosincrasia formaron parte de lo público, se transforman en la nueva y recién descubierta mercancía; eso que reclaman para el mercado, es para nosotros la naturaleza, se encontraba destinada por las deidades a la reproducción material y comunitaria de la vida; sin embargo, ahora el agua, la diversidad, el aire y los océanos son los botines en los procesos de recolonización y revitalización la economía planetaria, es lo que algunos denominamos “Acumulación por Desposesión.(1)”
En ese modelo extractivista, las leyes juegan un rol determinante, es por medio del régimen jurídico como el Estado protege los intereses de la clase dominante y los monopolios transnacionales imperialistas, quien osare retar este estado de cosas, estará infringiendo la ley y por tanto el opresor estará siempre legitimado para reprimir a la clase dominada; sin embargo (y esto es lo importante para el tema aquí tratado), para que este régimen funcione, necesitan la propiedad privada y/o algún modo legal de tenencia soberana, esto es lo que buscan los mercachifles del agua.
El plano internacional no es del todo desfavorable, se ha logrado ganar importantes batallas y ahora “Derecho al Acceso al Agua”, se encuentra reconocido en diversos Instrumentos Internacionales, como son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 11 y 12) (2); Declaración Universal de Derechos Humanos (Art. 3 y 25 párrafo 1); Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (Art. 6 párrafo 1); Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales o Protocolo de San Salvador (Art. 10, 11, 12); Convención sobre todas las formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (Art. 14 párrafo 2 literal h); Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 24); entre otros. Y justamente el 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció, por medio de la Resolución 64/292, el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos.
El plano internacional no es del todo desfavorable, se ha logrado ganar importantes batallas y ahora “Derecho al Acceso al Agua”, se encuentra reconocido en diversos Instrumentos Internacionales, como son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 11 y 12) (2); Declaración Universal de Derechos Humanos (Art. 3 y 25 párrafo 1); Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (Art. 6 párrafo 1); Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales o Protocolo de San Salvador (Art. 10, 11, 12); Convención sobre todas las formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (Art. 14 párrafo 2 literal h); Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 24); entre otros. Y justamente el 28 de julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció, por medio de la Resolución 64/292, el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos.
Pese a lo anterior, la cruzada por privatizar el agua no se ha logrado frenar, el despojo de comunidades de sus fuentes de agua, ¡ocurre a plena luz del día y en todas partes del mundo!, pues sucede, que la privatización del agua debe entenderse como: “cualquier acción encaminada a permitir que los servicios de aguas, las fuentes (nacimientos y/o áreas de recarga) o sistemas de abastecimiento -como acueductos, alcantarillado, plantas de almacenamiento, tratamiento, distribución y/o tecnologías relacionadas- sean propiedad o controladas por empresas cuya finalidad es el lucro particular”. La privatización del agua, pocas veces se presenta tal cual, se encubre bajo figuras jurídicas de empresas mixtas, asocio público/privado, capitalizaciones, traspasos de la propiedad accionaria o bajo la vulgar concesión, no existe un patrón fijo o método único, por lo que la venta o compraventa jurídica, no siempre aparece visible y en ciertas modalidades es hasta innecesaria, más no por ello, dejamos de estar frente a un proceso privatizador, esta afirmación se sustenta no en diccionario jurídico, pues en puridad la privatización es un fenómeno preminentemente más económico que jurídico, entonces para develar si estamos frente a un proceso privatizador, ha de ponerse más atención a la concentración de ganancia privada, que al método jurídico utilizado.
La finalidad de convertir el agua en mercancía ocurre en un contexto mundial de profundas desigualdades, por ejemplo, las actividades productivas en manos del capitalismo se apropian del 50% del agua dulce líquida del mundo (3), mientras UNICEF y la OMS revelan que 783 millones de personas en el mundo no tienen acceso al agua potable y unas 2.500 millones de personas, carecen de sistemas adecuados de saneamiento de aguas residuales. (4) La situación hídrica no promete ser mejor en el futuro, ya que aun cuando en la escuela se nos enseño que el agua era un recurso “renovable”, no se nos explicó que aun cuando el agua siempre se encuentra en la misma cantidad en el planeta, no toda es apta para consumo humano, solo el 2.5% de los 1.4 mil millones de km3 de agua de la Tierra es potencialmente dulce, la mayor parte de este porcentaje es inaccesible, cerca de un 70% está ubicada en glaciares, nieve y hielo. En esta realidad de escases hídrica, se nos presenta el Cambio Climático afectando los recursos hídricos en todo el mundo, aumentos en el nivel medio global del mar en 1.75 mm cada año desde la segunda mitad del siglo XX, conlleva la salinización acuíferos de agua dulce; el deshielo de glaciares no polares, reduce drásticamente los flujos de agua durante la estación seca, amén del aumento de temperatura, inundaciones y sequias.
El contexto nacional es fiel reflejo de la mala gestión hídrica mundial, a pesar de su reducido territorio, El Salvador es rico en ecosistemas, su posición geográfica, latitudinal, historia geológica y su compleja topografía, se conjugan para ofrecer una variedad de ecosistemas terrestres y marinos de importancia internacional. La oferta natural hídrica no es despreciable, con una precipitación anual promedio de aproximadamente 1784 mm de lluvia, un promedio de 56,052 millones de m3 de agua por año; de los cuales cerca del 59% (32,840 millones de m3) regresa a la atmósfera debido a la evapotranspiración. El 41% restante, se distribuye en aguas superficiales (32% equivalentes a 18,252 millones de m3), y aguas subterráneas (9% equivalentes a 4,960 millones de m3). Sin embargo, debido a un proceso sistemático de desprecio al ambiente por parte de la gran industria, no tenemos fuentes de agua fuentes superficiales de agua cuya calidad sea excelente, el agua calificada como buena bajo a 2% en el año 2010, y el agua regular y mala aumento a 65% y a 27% respectivamente en el mismo año y respecto de datos comparables con el año 2006 (5); por su parte la CEPAL estima que la disponibilidad per cápita anual de agua en el país es de 1,752 millones de metros cúbicos, situando al país en una condición de Estrés Hídrico,(6) datos que permiten concluir lo errático de las Políticas Públicas y que además evidencian que una eventual solución no vendrá de la buena voluntad del sector privado.
El agua ha sido tratada por la legislación salvadoreña como “tierra de nadie”, se ha visto y regulado como parte de los tradicionales Res Nullius o bienes de nadie, según la ortodoxa visión del Derecho Romano, donde cada uno puede disponer del agua conforme y fundamentalmente según su capacidad económica, dicho sea de paso, es aquí donde la gran empresa privada toma ventaja, el Estado es un simple actor más y cada persona deberá resolver sus necesidades individuales o limitarse a vivir sin agua. No hay un marco normativo que refleje la importancia estratégica del agua, que resuelva los conflictos derivados de su inadecuado uso, lo que abunda son cuerpos normativos que responden a realidades e intereses distintos y hasta contrapuestos, provocando contradicciones y vacíos legislativos que se resuelven mediante prebendas económicas, políticas o en el peor de los casos, mediante la intervención de la fuerza pública y el Ministerio Público, a quien poco le cuesta acusar de criminales a defensores y defensoras ambientales.
En El Salvador el Partido Político ARENA ha sido quien más promueve y defiende todo tipo de privatizaciones, es su figura jurídica por excelencia, la que impera en los regímenes del libre comercio, por ello toda expresión “en defensa de las libertades”, no debe interpretarse como en defensa de las libertades ciudadanas o individuales, se refiere al libertinaje del mercado vinculado a intereses oligárquicos donde se invierte poco y se gana mucho, en su mundo apropiándose de lo público y espolear al obrero, proletario e incluso al auto denominado clase media, es solo parte de un juego macabro que inevitablemente deja daños colaterales.
Sin embargo ahora ARENA está debilitada, orgánica e ideológicamente, para sustentar lo primero solo hay que remembrar los últimos años de gobierno de Antonio Saca y ver en la fotografía del actual ARENA, la “cara de poema” que tienen sus dirigentes, porque aquello de: “graníticamente unidos” pasó a ser un eslogan, ¡que ni pueden vender, ni la gente les compra! Pero, el problema de ARENA no es cuantitativo (de hecho ahora tiene más diputados/as), su verdadero hoyo negro, radica en la ausencia de referente teórico, que se derrumbó junto con Lehman Brothers en el año 2008 y desafortunadamente para ellos, Adam Smith, David Ricardo y Milton Friedman ¡están bien muertos!
La batalla por el agua es demasiado importante para dejarse vencer, por ello, sin importar que la milicia esté desarmada y sus generales dos metros bajo tierra, ellos lanzarán el ataque por la apropiación del agua, para ello han armado el “Bloque Privatizador” encabezado por ANEP, CASALCO, ASI, FUSADES, FUNDE, GWP, SALVANATURA entre otras de menor perfil, pero que suscribirán todo lo que aquellas dictaminen. En ese bloque no pueden faltar los autodenominados “consultores expertos” pagados por transnacionales involucradas en el negocio del agua, y cuya misión es dejar abierto el camino de la privatización.
Entre sus principales propuestas están asignarse derechos a 10, 20, 30 o más años, durante los cuales solo ellos gocen la rentabilidad del agua, con lo cual logran su objetivo, es decir, crear monopolios sobre la naturaleza, que serán automáticamente renovables ad infinitum. Aquí la figura jurídica adquiere poca importancia, lo determinante es el tiempo durante el cual se ejerce esa tenencia o apropiación, alegan a su favor, que este derecho monopólico del agua debe ser equivalente al período de retorno de la inversión, argumento que les desnuda frente al pueblo, reflejando que para ellos lo importante no es preservar el recurso, sino defender intereses económicos y su modo de producción capitalista, dentro del cual el agua es solo otra mercancía.
Otra de las geniales demandas de este “Bloque Privatizador”, es pedir incentivos económicos, es decir, que el Estado les regale fondos públicos para que ellos incrementen su rentabilidad privada, debelando con ello que tampoco es cierto el criterio de “la inversión”, pues en su mayoría es el Estado quien asume buena parte de esa inversión que será pública en cuanto el gasto, pero privada en cuanto a la ganancia, estas son las principales demandas, por supuesto que no son las únicas, en este espacio y si se nos permite iremos desenmascarando cada una de estas estrategias.
El escenario donde pretenden llevar estas propuestas la Asamblea Legislativa, ahí específicamente en la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático, se discute una reforma Constitucional que reconozca el derecho humano al agua y también se estudia la aprobación de la Ley General de Aguas, los insumos de trabajo para la ley, son dos propuestas una presentada por el Foro Nacional por la Defensa de la Sustentabilidad y el Derecho al Agua(7), y otra presentada por el Presidente de la República por medio del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ambos proyectos se reconoce el Derecho Humano al Agua; ninguno busca privatizar o concesionar la gestión hídrica; el agua es vista como un Bien Nacional de Uso Público, reconociendo además el Dominio Público Hídrico. Lo anterior es un viraje estructural, pues aunque son dos proyectos distintos, en los grandes temas hay concordancia entre los intereses del Pueblo y el Gobierno; antes el “Bloque Privatizador” no necesitaba hacer lobby público, sus intereses estaban garantizados desde Casa Presidencial y el proceso de formación de ley (en la Asamblea Legislativa), era un simple acto de trámite.
Por supuesto que la gran batalla por el agua no se ganará o perderá con una ley, esta guerra ha venido para quedarse, los constantes conflictos por el uso, disposición y tratamiento dan fe de ello, sin embargo, no debe menospreciarse lo estratégico que sería contar con una reforma constitucional y una Ley General de Aguas que garantice el derecho humano al agua como derecho fundamental; priorice el uso humano y ambiental frente a cualquier otro y garantice la no privatización del servicio y la gestión sustentable del agua con enfoque de Cuenca. Esta es la lucha y en ella debemos encontrar nuestros aliados/as y debelar los intereses hegemónicos del “Bloque Privatizador” y los Partidos Políticos que les respaldan, al final de la partida, nuestro futuro como pueblo dependerá de quien controle el agua!
(1) HARVEY, David, El nuevo imperialismo Madrid: Akal (2004)
(2) En noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación General nº 15 sobre el derecho al agua. El artículo I.1 establece que "El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna". La Observación nº 15 también define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico
(3) CEICOM. Reflexiones en el Día del planeta Tierra. Artículo de Opinión N° 5, Año 2012.
(4) Informe 2012 OMS/UNICEF: progresos sobre el agua potable y saneamiento.
(5) Cfr. MARN, Informe de la Calidad de Agua de los Ríos de El Salvador. Año 2011. El Salvador, marzo 2012; y, SNET Diagnostico Nacional de Calidad de Aguas Superficiales. El Salvador. Sf.
(6) Según OPS hay Estrés Hídrico cuando la disponibilidad de agua per cápita por año es menor de 1,750 m³
(7) Este foro que aglutina a más de 40 instituciones y organizaciones populares, presentó su proyecto de ley desde el año 2006.
(*) Abogado Ambiental
El escenario donde pretenden llevar estas propuestas la Asamblea Legislativa, ahí específicamente en la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático, se discute una reforma Constitucional que reconozca el derecho humano al agua y también se estudia la aprobación de la Ley General de Aguas, los insumos de trabajo para la ley, son dos propuestas una presentada por el Foro Nacional por la Defensa de la Sustentabilidad y el Derecho al Agua(7), y otra presentada por el Presidente de la República por medio del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ambos proyectos se reconoce el Derecho Humano al Agua; ninguno busca privatizar o concesionar la gestión hídrica; el agua es vista como un Bien Nacional de Uso Público, reconociendo además el Dominio Público Hídrico. Lo anterior es un viraje estructural, pues aunque son dos proyectos distintos, en los grandes temas hay concordancia entre los intereses del Pueblo y el Gobierno; antes el “Bloque Privatizador” no necesitaba hacer lobby público, sus intereses estaban garantizados desde Casa Presidencial y el proceso de formación de ley (en la Asamblea Legislativa), era un simple acto de trámite.
Por supuesto que la gran batalla por el agua no se ganará o perderá con una ley, esta guerra ha venido para quedarse, los constantes conflictos por el uso, disposición y tratamiento dan fe de ello, sin embargo, no debe menospreciarse lo estratégico que sería contar con una reforma constitucional y una Ley General de Aguas que garantice el derecho humano al agua como derecho fundamental; priorice el uso humano y ambiental frente a cualquier otro y garantice la no privatización del servicio y la gestión sustentable del agua con enfoque de Cuenca. Esta es la lucha y en ella debemos encontrar nuestros aliados/as y debelar los intereses hegemónicos del “Bloque Privatizador” y los Partidos Políticos que les respaldan, al final de la partida, nuestro futuro como pueblo dependerá de quien controle el agua!
(1) HARVEY, David, El nuevo imperialismo Madrid: Akal (2004)
(2) En noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la Observación General nº 15 sobre el derecho al agua. El artículo I.1 establece que "El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna". La Observación nº 15 también define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico
(3) CEICOM. Reflexiones en el Día del planeta Tierra. Artículo de Opinión N° 5, Año 2012.
(4) Informe 2012 OMS/UNICEF: progresos sobre el agua potable y saneamiento.
(5) Cfr. MARN, Informe de la Calidad de Agua de los Ríos de El Salvador. Año 2011. El Salvador, marzo 2012; y, SNET Diagnostico Nacional de Calidad de Aguas Superficiales. El Salvador. Sf.
(6) Según OPS hay Estrés Hídrico cuando la disponibilidad de agua per cápita por año es menor de 1,750 m³
(7) Este foro que aglutina a más de 40 instituciones y organizaciones populares, presentó su proyecto de ley desde el año 2006.
(*) Abogado Ambiental
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